REGLAMENTO PARA LA CAMPAÑA “SAN VALENTÍN EN CARTAGENA” DE SAN

MARINO SHOPPING

DK MANAGEMENT SERVICES S.A. (en adelante referido como DKMS), tiene el propósito de

realizar una actividad descrita en el punto 2 de este documento, que se llevará a cabo desde el

1 de febrero del 2026 hasta el 4 de marzo del 2026 en el Centro Comercial San Marino Shopping

de la ciudad de Guayaquil.

Al momento de participar en las actividades, concursos y sorteos en medios electrónicos y otros

medios organizados por DKMS, los participantes reconocen expresamente que aceptan y se

obligan a cumplir y acatar todos y cada uno de los términos y condiciones establecidos en el

presente documento, denominado Reglamento para la Campaña “SAN VALENTÍN EN

CARTAGENA”.

I. ANTECEDENTES:

DK MANAGEMENT SERVICES S.A. es una compañía constituida bajo las leyes de la República

del Ecuador que tiene como objeto social la operación integral de los centros comerciales entre

esos, SAN MARINO SHOPPING en la ciudad de Guayaquil. DK MANAGEMENT SERVICES

S.A. desarrolla campañas publicitarias de promoción para el impulso de sus centros comerciales,

como es el caso de SAN MARINO SHOPPING.

II. DESCRIPCIÓN DE LA CAMPAÑA:

DK MANAGEMENT SERVICES S.A., a través de su centro comercial SAN MARINO

SHOPPING, ubicado en la ciudad de Guayaquil, en la Avenida Francisco de Orellana, en el

período comprendido desde el 1 de febrero del 2026 hasta el 4 de marzo del 2026, llevará a cabo

la campaña “SAN VALENTÍN EN CARTAGENA” de acuerdo con los siguientes términos y

condiciones:

2.1. Vigencia:

La campaña promocional se realizará desde el 1 de febrero hasta el 4 de marzo del 2026, dentro

de este período: El lanzamiento oficial de la campaña se realizará el 1 de febrero del 2026, sin

embargo, los clientes podrán registrar las facturas de las compras realizadas desde el 1 de

febrero 2026 hasta el 28 de febrero 2026, en el Centro Comercial SAN MARINO SHOPPING.

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AB2.2. Facturas participantes:

• Por cada $30,00 incluidos impuestos en facturas de compras y/o notas de venta registrados en

adelante denominados facturas, los clientes recibirán una oportunidad de participar en el sorteo.

Los clientes que utilicen tarjetas de crédito Diners Club recibirán doble cupón.

La utilización de las tarjetas de crédito Diners Club para la transacción que generó las facturas y

oportunidades adicionales de participar en el sorteo, será validada por DK MANAGEMENT

SERVICES S.A., para lo cual el cliente participante deberá presentar el voucher y/o estado de

cuenta de la tarjeta de crédito, en el que conste la transacción. En el evento de que se evidencie

que no se utilizó Diners Club, el cliente participante que haya declarado su uso, quedará total e

inmediatamente descalificado sin derecho a reclamo alguno.

• El cliente deberá registrar una o varias facturas que sumen hasta el valor de US$30,00 (incluido

IVA), para participar. En caso de registrar varias facturas, el monto ingresado es acumulable,

sumando más oportunidades de ganar, asimismo, si una factura corresponde a un monto mayor

de US$30,00 se generará una diferencia que podrá ser sumada y acumulada con futuros

consumos.

• Por cada registro de US$30,00 (incluido IVA), el participante recibirá una oportunidad para

participar en el sorteo.

• Los participantes podrán registrar facturas, notas de ventas o tickets aéreos por el total del

consumo que consta en cada uno de los comprobantes de venta.

• El cliente podrá registrar las facturas de compras realizadas desde el 1 de febrero del 2026, hasta

el 28 de febrero del 2026.

2.3. Registro de participación:

• Para participar es obligatorio que los clientes registren sus facturas de compras que realicen en

el centro comercial SAN MARINO SHOPPING desde el 1 de febrero del 2026 hasta el 28 de

febrero del 2026 inclusive. No son válidas las facturas de fecha anterior o posterior a la vigencia

de la campaña aquí señalada ni aquellas emitidas en otro centro comercial. El cliente deberá

realizar registro de facturas exclusivamente en los counters de información dentro del centro

comercial, completando el formulario de registro con la siguiente información:

1. El cliente debe completar la información personal obligatoria:

Nombre y apellido.

Cédula de ciudadanía / RUC/ Pasaporte

Número de celular.

Correo electrónico.

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AB• Ciudad.

2. El cliente debe completar y /o editar los datos de cada factura obligatoria:

Nombre del local comercial.

Número de factura (6 últimos dígitos).

Monto de la factura total (incluido IVA).

Fecha de la factura, (día/ mes /año).

Forma de pago (efectivo o tarjeta de crédito).

En caso de haberse utilizado Diners Club, en la casilla de verificación correspondiente deberá

marcarse la aceptación de declaración de uso de Diners Club.

3. El cliente deberá completar y consignar la información requerida y que consta en el detalle

anterior, caso contrario no podrá registrarse y consecuentemente perderá el derecho a participar

en el sorteo.

4. Las fotografías de las facturas pasarán a un proceso de validación por parte DK Management

Services S.A. La validación comprende la revisión de lo siguiente: nombre y apellido, cédula,

fecha de compra, lugar de compra y monto de factura. Por otro lado, de haberse superado

exitosamente la fase de validación podrá continuar con su participación, sin embargo, esta

aprobación no constituye derecho de acceso al premio, que dependerá de los resultados del

sorteo, y está sujeta a validación documental posterior.

III. REGISTRO DE FACTURAS PARA PARTICIPAR:

Los participantes podrán realizar el registro de facturas emitidas durante la vigencia de la

campaña en cualquier momento de la misma, y, participarán exclusivamente en el sorteo a

realizarse el 4 de marzo 2026.

IV. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN:

Las reglas para participar en los sorteos de la campaña promocional son:

1. Participan personas naturales mayores de 18 años y personas jurídicas. Son válidas

exclusivamente las facturas y/o notas de venta emitidos en todos los locales del centro comercial

SAN MARINO SHOPPING.

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AB2. 3. No son válidas para el registro las facturas emitidas a nombre de “CONSUMIDOR FINAL”.

Tampoco serán válidas las facturas de compras correspondientes a un centro comercial distinto

de SAN MARINO SHOPPING ni de fechas distintas a las de vigencia de la campaña.

El registro de las facturas y/o notas de se podrá realizar desde el 1 de febrero hasta el 28 de

febrero del 2026 en la forma detallada en este reglamento.

Sin perjuicio de que el registro de las facturas y/o comprobantes de ventas es de manera física y

presencial, todo participante tiene la obligación de conservar las facturas, notas de venta o tickets

aéreos que acrediten la compra, ya que si resulta ganador deberá presentar a DKMS, las facturas

originales de sus compras o facturas electrónicas impresas, así como los documentos del

ganador (cédula, RUC, nombramiento, certificado bancario, poder notariado, o cualquier otro que

corresponda según este reglamento).

4. En el evento en que los datos registrados en el sistema para el sorteo no coincidan con los datos

de la factura, el participante quedará inmediatamente descalificado sin derecho a reclamo

alguno.

5. El cliente, al registrar su participación en la presente campaña, autoriza a DK MANAGEMENT

SERVICES S.A., relacionadas y proveedores a almacenar, procesar, utilizar para efectos

comerciales y de mercadeo la información personal que haya provisto para el referido registro.

6. DKMS, se reserva el derecho de uso de la imagen del ganador de esta campaña y sorteo para

fines publicitarios, lo cual es expresamente autorizado por el participante ganador. al participar

en esa campaña.

Al participar en la campaña, los clientes participantes declaran que han revisado y aceptan los

términos y condiciones estipulados en el presente reglamento.

V. RESTRICCIONES:

No están habilitados para participar en el sorteo de la campaña promocional las siguientes

personas:

1. Los empleados y trabajadores, representantes legales y accionistas de DKMS,

CORPORACIÓN-DK CORPDK S.A.

2. Los integrados o dependientes de los locales y espacios comerciales de los Centros Comerciales

del grupo DK MANAGEMENT SERVICES S.A. (por sus propios y personales derechos, como

persona natural o jurídica).

3. Extranjeros no residentes en el Ecuador.

4. Menores de 18 años.

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ABEstán asimismo excluidos los cónyuges, parientes y familiares de las personas antes descritas

hasta primer grado de consanguinidad y primero de afinidad.

VI. DESCRIPCIÓN DE LOS PREMIOS:

Se sorteará un viaje de 5 días y 4 noches para dos personas a Cartagena, Colombia para un

ganador, así como trece órdenes de compra para dos personas en distintos restaurantes de San

Marino Shopping, para trece ganadores.

El viaje incluye:

• Ticket aéreo en cabina Economy via Bogotá, solo Mochila.

• Traslados aeropuerto – hotel – aeropuerto.

• 4 noches de alojamiento.

• Desayunos diarios.

• Tour de ciudad, Castillo San Felipe en vehículo climatizado, compartido.

• Pasadía a La Isla del Encanto en Islas del Rosario + almuerzo Buffet.

El ganador del viaje podrá programar y realizar el viaje hasta el mes de agosto del 2026, sin

considerar feriados de Ecuador ni de Colombia. Si el ganador requiere que el viaje sea en otra

fecha, deberá pagar el valor adicional que el cambio de tarifa genere.

Se sortearán órdenes de compra por cada uno de los restaurantes que están ubicados dentro

del Centro Comercial San Marino Shopping, a 13 ganadores diferentes, de acuerdo con el

siguiente listado:

• Pepe Pez

• Pigro

• Go Green

• El Español

• MamiT

• Casa Res

• Chokolat

• Friday’s

• Noe

• Rosa Mezcal

• Nicole Pastry

• Ko

• Barrio

Estas órdenes de compra deben ser consumidas en los restaurantes ubicados dentro del centro

comercial San Marino Shopping.

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ABVII. MECÁNICA DEL SORTEO Y NOTIFICACIÓN A PARTICIPANTES GANADORES:

Para participar el cliente deberá realizar el registro de las facturas que cumplan con las

condiciones previstas en este reglamento. Para los sorteos se procederá de la siguiente manera:

La base total de tickets registrados durante el lapso de esta campaña se descargará el 4 de

marzo del 2026, según las fechas señaladas en la sección 2.2 de este reglamento.

La plataforma realiza un sorteo aleatorio con los datos de la base cargada, arrojando el ticket

con los nombres de los ganadores. El sorteo contará con la presencia del supervisor de

mercadeo de SAN MARINO SHOPPING y/o el administrador del centro comercial, y

adicionalmente se contará con la presencia de un delegado del área financiera de DKMS y un

delegado de CORPORACION-DK CORPDK S.A.

En este sorteo se indicará quien será el ganador (primer participante en lista de ganadores) del

viaje para dos personas. Los siguientes 13 puestos, serán los ganadores de las órdenes de

compra de los restaurantes participantes.

Adicionalmente, también se determinará al primer finalista (décimo cuarto participante en la lista

de ganadores), segundo finalista (décimo quinto participante en la lista de ganadores), tercer

finalista (décimo sexto en la lista de ganadores), cuarto finalista (décimo séptimo en la lista de

ganadores), y quinto finalista (décimo octavo en la lista de ganadores) con la finalidad de tener

levantada la información de los back-up en el eventual caso de que, la persona ganadora no

cumpla oportunamente con los requisitos para la entrega del premio o exista alguna imposibilidad

para este efecto, y se tenga que recurrir a los finalistas aquí señalados en el orden

correspondiente.

Los ganadores se publicarán en los activos digitales del centro comercial: Facebook, Instagram

y página web. Los clientes, al participar, declaran que autorizan a DK MANAGEMENT

SERVICES S.A. y sus proveedores a, en caso de resultar ganadores, realizar la publicación de

sus datos personales e imágenes, voz y/o videos en los referidos canales y activos digitales. Se

deja expresa constancia que la publicación no constituye fuente o modo de adquisición de

derecho como ganador, sino que está condicionada a superar la fase de validación de la

documentación física de la información y a no estar incurso en ninguna de las restricciones ni

causales de descalificación previstas en este reglamento.

DKMS verificará los datos de los ganadores y de los comprobantes de venta posterior al sorteo.

Se deja expresa constancia que la publicación antes mencionada no constituye fuente o modo

de adquisición de derecho como ganador, sino que está condicionada a superar la fase de

validación de la documentación física y digital de la información y a no estar incurso en ninguna

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ABde las restricciones ni causales de descalificación previstas en este reglamento, lo cual es

aceptado por los participantes al registrar sus facturas y/o comprobantes de venta.

DKMS procederá a contactarse con los ganadores del sorteo, por medio de llamada telefónica

y/o correo electrónico, utilizando los datos provistos al momento del registro, lo cual es autorizado

por los participantes. Este contacto se lo realizará hasta por 3 días consecutivos, contados a

partir del día siguiente de realizado el sorteo, y en caso de no tener respuesta favorable por parte

del ganador, éste perderá su derecho al premio, compensación alguna, así como también iniciar

cualquier reclamo o acción en contra de DKMS, compañías relacionadas, sus personeros y/o sus

representantes legales.

El personal de DKMS, al momento de contactar y notificar al ganador, le solicitará que presente

el original y copia de su cédula de identidad, pasaporte, RUC y nombramiento en caso de tratarse

de persona jurídica, las facturas impresas o electrónicas y verificará los datos del cliente (nombre

completo, número de cédula, fecha de nacimiento, domicilio, número de teléfono, email). El

ganador tendrá el plazo máximo de 5 días calendario para presentar esta información.

El ganador deberá firmar el documento de descargo en el cual declara que no incurre en ninguna

prohibición señalada en el presente reglamento o inhabilidad para participar en el sorteo.

Si los datos registrados de la o las facturas y/o comprobantes de venta no coinciden con los

datos registrados en el sistema de DKMS ni con los datos del cupón ganador luego de la

validación, el cliente será automáticamente descalificado del sorteo, y en el evento de que haya

sido ganador perderá inmediatamente dicha calidad de ganador y consecuentemente perderá

todo derecho al premio, sin derecho a reclamo alguno, a DKMS, sus empleados, representas

legales y empresas relacionadas.

En el evento de que la información de contacto provista por alguno de los ganadores no sea

correcta o que no sea posible contactar al ganador por llamada, mensajes y correo electrónico,

o que, habiendo sido contactado no presente toda la documentación requerida en un

máximo de 5 días calendario contados a partir de dicha comunicación efectuada por el personal

de DKMS, o que se verifique que la participación del ganador no haya sido válida, el ganador

perderá de forma automática el premio, y éste será reasignado al segundo finalista del listado de

ganadores, y en caso de que el segundo finalista tenga participación inválida o no sea posible

contactarlo, o no presente la información requerida en el plazo previsto, se continuará con el

tercer finalista, cumpliendo el mismo proceso de validación que consta en el presente reglamento.

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ABEn el evento de que el ganador y los finalistas no cumplan con los requisitos, plazos y obligaciones

señalados en el presente reglamento, DKMS procederá a publicar una nueva fecha de sorteo a

través de los activos digitales de SAN MARINO SHOPPING, y a realizar un nuevo sorteo bajo los

términos estipulados en este reglamento.

En caso de que el cliente haya registrado en la plataforma su pago con tarjeta Diners Club y no

coincida con la verificación física de la factura, voucher o estado de cuenta, será descalificado

total e inmediatamente del sorteo, no pudiendo participar con ninguna oportunidad, y, de haber

resultado ganador, perderá de manera absoluta e inmediata el derecho a acceder al premio ya

que se descalifican todas las oportunidades de participar y no estrictamente las derivadas del

beneficio del uso de tarjeta Diners Club. De igual manera, en el caso de que el participante esté

inmerso en las causales de inhabilidad o restricción de participación previstas en este

reglamento, perderá el derecho al premio de forma absoluta e inmediata, sin derecho a reclamo

alguno.

En caso de que se verifique que la participación del ganador no fuera valida, el premio será

reasignado al primer finalista del listado de ganadores (en caso de que el primer finalista tenga

participación no valida: se continuará con el segundo, y luego con el tercer finalista y así

respectivamente).

VIII. CONDICIONES DEL PREMIO:

• El premio del viaje NO puede ser cambiado ni modificado por uno equivalente a un destino

diferente, ni a un periodo fecha de viaje diferente, excepto que el ganador cancele los valores

que este cambio generaría.

• El premio del viaje está destinado para ser usado hasta agosto del 2026, sin incluir feriados

de Ecuador ni Colombia.

• Los premios no pueden ser canjeados por dinero en efectivo.

• Los premios NO son transferibles.

• El pasaporte del CLIENTE y de su acompañante debe estar vigente por un período mínimo

de siete (7) meses contados desde la fecha de retorno al Ecuador. La obtención, vigencia y

validez de dicho documento, así como de cualquier autorización o permiso de viaje requerido,

será de exclusiva responsabilidad del CLIENTE y de su acompañante. En caso de no contar

con la documentación de viaje exigida, DK MANAGEMENT SERVICES S.A. quedará

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ABexenta de toda responsabilidad, y el premio se considerará perdido, sin lugar a reclamo

alguno.

• Las características del tour elegido no podrán ser cambiadas por el CLIENTE ni su

acompañante bajo ninguna circunstancia. Si por cualquier razón, incluyendo enfermedad por

coronavirus o cualquier otra enfermedad, el CLIENTE y/o su acompañante no pueden viajar o

deciden no hacerlo, de acuerdo con los términos y condiciones del presente reglamento, en los

vuelos designados por el proveedor del tour y bajo los parámetros establecidos para el mismo,

el premio se considerará perdido, sin derecho a reclamo alguno, y no podrá ser canjeado por

dinero en efectivo, ni por ningún otro premio de similares características o costos.

• El CLIENTE será responsable exclusivo de pagar y gestionar todos los valores por concepto de

movilización y estadía desde su ciudad o lugar de residencia hacia Guayaquil y viceversa para

abordar el vuelo, así mismo de gestionar el pasaporte y demás documentos o papeles que le

permitan realizar el viaje.

DK MANAGEMENT SERVICES S.A. no asumirá costos adicionales, tales como servicios y

gastos no detallados en la descripción de los premios, alimentación no detallada, excursiones,

impuesto de muelle y seguro de lancha, fiestas, o cualquier tipo de daño a la infraestructura del

hotel ocasionado por desmanes, así como transporte en taxis o vehículos particulares de

cualquier clase.

EL CLIENTE y su acompañante se comprometen a respetar y cumplir todas las normativas de

conducta impuestas por todos los establecimientos turísticos, deportivos o de cualquier índole,

ubicados en el país en donde se desarrolle el tour.

IX. ENTREGA DE LOS PREMIOS:

DK MANAGEMENT SERVICES S.A. entregará a cada ganador el premio respectivo de acuerdo

con el sorteo realizado, previo el cumplimiento de lo siguiente:

• Los ganadores contarán con un plazo máximo de quince (15) días contados desde la notificación

realizada por vía telefónica o correo electrónico, para entregar o remitir todos los documentos

completos, de lo contrario, se procederá a la designación de un nuevo ganador.

• Los ganadores deberán remitir vía correo electrónico a la dirección mercadeosm@dkms.com.ec

o acercarse a la administración del centro comercial y presentar: el original y copia de su cédula

de identidad, RUC y nombramiento en caso de tratarse de persona jurídica, y las facturas

preimpresas de sus compras o facturas electrónicas impresas o digitalizadas según corresponda,

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ABy los vouchers o estado de cuenta de Diners Club, en caso de haber obtenido el doble de

oportunidades por el uso de esta tarjeta.

• Una vez se verifique la documentación recibida y se notifique telefónicamente o por correo

electrónico al ganador que puede reclamar su premio, el ganador tendrá máximo 7 días hábiles

para acercarse a la administración del centro comercial SAN MARINO SHOPPING para acceder

a dicho premio previa suscripción del acta de entregarecepción correspondiente, La firma del

acta es un requisito esencial y habilitante para acceder al premio.

• Los premios son personales e intransferibles y podrán ser reclamados y retirados exclusivamente

por los participantes ganadores. En caso de tratarse de familiares dentro del primer grado de

consanguinidad o de afinidad podrá presentarse un poder privado por escrito.

• DK MANAGEMENT SERVICES S.A. se reserva el derecho de uso de la imagen de los ganadores

para fines publicitarios, lo cual es expresamente autorizado por los participantes ganadores al

participar en esa campaña.

• Los ganadores se obligan a firmar un acta de entrega recepción para acceder al premio en

mención.

• En caso de que alguno de los ganadores no presente los documentos en el lapso indicado o que

habiéndolos presentado no haya acudido a retirarlos en el plazo antes señalado, o que se haya

determinado que su participación no fue valida, o que no haya sido posible contactarlo en el plazo

de 15 días, se asignará el premio al siguiente finalista en lista de acta.

• Se entenderá que la participación no ha sido válida cuando el registro de las facturas, la identidad

o datos del participante y /o del ganador no coincidan con los del registro o con los de la factura,

y también cuando se incumpla cualquier otra condición prevista en el presente reglamento, así

como la falta de evidencia o demostración del uso de la tarjeta Diners Club en el evento de haber

obtenido el doble de oportunidades de participación. La determinación de invalidez la realizará

DK Management Services S.A., después de verificar el incumplimiento, sin que esta última esté

obligada a la entrega del premio ni compensación alguna, y sin que por esta razón quepa reclamo

alguno, ni penalidad o responsabilidad indemnizatoria de ninguna índole contra DK Management

Services S.A. y /o cualquiera de sus personeros o relacionados.

• Una vez DK MANAGEMENT SERVICES S.A. entregue al ganador el premio, será

responsabilidad exclusiva de éste la custodia, conservación, uso, y/o disposición del premio y a

partir de ese momento DK MANAGEMENT SERVICES S.A., no tendrá responsabilidad alguna

por hurtos, robos, uso, pérdidas, y en general cualquier acción relacionada con los premios sin

que quepa derecho a reclamo posterior alguno.

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AB• DK MANAGEMENT SERVICES S.A. sus funcionarios, representantes legales y compañías

relacionadas NO son responsables de:

• Retrasos o cancelaciones de vuelos por parte de la aerolínea, ni por pérdida de equipaje.

• Tramitar visas ni pasaportes de los viajeros, así como tampoco de otro trámite personal requerido

para el viaje.

• De incidentes ocurridos, que estén directamente relacionados con el servicio del hotel, aerolínea,

etc.

• DK MANAGEMENT SERVICES S.A. no se responsabiliza y no indemnizará valor alguno por

suspensión del viaje a causa de desastres naturales, pandemias, condiciones climáticas,

resoluciones gubernamentales y/u otros eventos fuera de su control. De suscitarse cualquiera de

estos eventos, el ganador perderá el derecho al premio sin derecho a reclamo alguno.

• Las personas deberán llenar el E-Ticket Formulario electrónico de entrada y salida al país

elegido, en caso de que así sea requerido.

• En caso de menores de edad que viajen sin la compañía de los padres o uno de ellos se requiere

permiso de salida del país notariado.

• Disponibilidad de espacios hoteleros y aéreos sujetos a variación hasta la reserva en firme.

• Para reservas en firme se requiere de foto de pasaporte de cada pasajero

• DK MANAGEMENT SERVICES S.A. se reserva el derecho y los participantes lo aceptan, de

suspender o cancelar de manera unilateral y a su propia discreción la presente campaña y sus

premios, sin que quepa reclamo alguno.

X. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES:

En caso de que el cliente facilite sus datos en el marco del presente evento “SAN VALENTÍN EN

CARTAGENA” organizado en el Centro Comercial San Marino Shopping, los datos se tratan

para gestionar su participación, lo que puede incluir la entrega de premios y la publicación de sus

datos en el sitio web, en redes sociales, o en cualquier medio que utilice el Centro Comercial con

fines de difusión y transparencia. El tratamiento de los datos personales de los Usuarios a tal fin

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ABtiene como base la relación contractual entre los clientes y el Centro Comercial derivada de la

aceptación por parte de los Usuarios de las condiciones de participación correspondientes.

La participación en esta campaña, concurso, sorteo, evento y/o taller implica consentimiento de

utilizar los datos para contrastar el ganador, la comunicación con éste, la publicación en la web,

redes sociales, newsletters y pasarán a formar parte de la base de datos del Centro Comercial.

El Centro Comercial se compromete a respetar su confidencialidad y a utilizarlos de acuerdo con

las finalidades propias del tratamiento, así como a dar cumplimiento a su obligación de guardarlos

y adaptar todas las medidas para evitar la alteración, pérdida, tratamiento o acceso no

autorizado, de acuerdo con lo establecimiento en la normativa vigente.

Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos en la Política de

Privacidad del Centro Comercial.

Dado en Guayaquil, el 22 de enero de 2026.

Valeria Basantes

Valeria Basantes (24 feb.. 2026 17:11:11 EST)

José Miguel Vargas Ordóñez (25 feb.. 2026 16:39:26 EST)

José Miguel Vargas Ordóñez

Anthony BoukaraAnthony Boukara (26 feb.. 2026 09:03:33 EST)2026_DKMS_SM_REGLAMENTO PARA LA

CAMPAÑA SAN VALENTÍN EN CARTAGENA

28ENE (002)

Informe de auditoría final 2026-02-26

Fecha de creación: 2026-02-24 (hora estándar oriental)

Por: Mercadeo San Marino (mercadeosm@dkms.com.ec)

Estado: Firmado

ID de transacción: CBJCHBCAABAAIdubqLHVXZkfrnG9h-KT850nAWSdFbqI

Historial de “2026_DKMS_SM_REGLAMENTO PARA LA CAMP

AÑA SAN VALENTÍN EN CARTAGENA 28ENE (002)”

Mercadeo San Marino (mercadeosm@dkms.com.ec) ha creado el documento.

2026-02-24 – 16:13:08 EST

El documento se ha enviado por correo electrónico a Mercadeo San Marino (mercadeosm@dkms.com.ec) para

su aprobación

2026-02-24 – 16:15:28 EST

Mercadeo San Marino (mercadeosm@dkms.com.ec) ha aprobado el documento.

Fecha de aprobación: 2026-02-24 – 16:16:02 EST. Origen de hora: servidor.

El documento se ha enviado por correo electrónico a vbasantes@dkms.com.ec para su firma.

2026-02-24 – 16:16:04 EST

vbasantes@dkms.com.ec ha visualizado el correo electrónico.

2026-02-24 – 16:56:54 EST

El firmante vbasantes@dkms.com.ec firmó con el nombre de Valeria Basantes

2026-02-24 – 17:11:09 EST

Valeria Basantes (vbasantes@dkms.com.ec) ha firmado electrónicamente el documento.

Fecha de firma: 2026-02-24 – 17:11:11 EST. Origen de hora: servidor.

El documento se ha enviado por correo electrónico a pasantelegal@corporaciondk.com para su aprobación

2026-02-24 – 17:11:13 EST

pasantelegal@corporaciondk.com ha visualizado el correo electrónico.

2026-02-25 – 10:06:32 ESTEl firmante pasantelegal@corporaciondk.com firmó con el nombre de Camila Zapata

2026-02-25 – 10:09:03 EST

Camila Zapata (pasantelegal@corporaciondk.com) ha aprobado el documento.

Fecha de aprobación: 2026-02-25 – 10:09:05 EST. Origen de hora: servidor.

El documento se ha enviado por correo electrónico a Jose Vargas (jvargas@corporaciondk.com) para su firma.

2026-02-25 – 10:09:07 EST

Jose Vargas (jvargas@corporaciondk.com) ha visualizado el correo electrónico.

2026-02-25 – 16:38:17 EST

El firmante Jose Vargas (jvargas@corporaciondk.com) firmó con el nombre de José Miguel Vargas Ordóñez

2026-02-25 – 16:39:24 EST

José Miguel Vargas Ordóñez (jvargas@corporaciondk.com) ha firmado electrónicamente el documento.

Fecha de firma: 2026-02-25 – 16:39:26 EST. Origen de hora: servidor.

El documento se ha enviado por correo electrónico a ffreire@dkms.com.ec para su aprobación

2026-02-25 – 16:39:28 EST

ffreire@dkms.com.ec ha visualizado el correo electrónico.

2026-02-25 – 20:22:34 EST

El firmante ffreire@dkms.com.ec firmó con el nombre de Fernanda Freire

2026-02-25 – 20:24:20 EST

Fernanda Freire (ffreire@dkms.com.ec) ha aprobado el documento.

Fecha de aprobación: 2026-02-25 – 20:24:22 EST. Origen de hora: servidor.

El documento se ha enviado por correo electrónico a aboukara@dkms.com.ec para su firma.

2026-02-25 – 20:24:24 EST

aboukara@dkms.com.ec ha visualizado el correo electrónico.

2026-02-26 – 9:02:37 EST

El firmante aboukara@dkms.com.ec firmó con el nombre de Anthony Boukara

2026-02-26 – 9:03:31 EST

Anthony Boukara (aboukara@dkms.com.ec) ha firmado electrónicamente el documento.

Fecha de firma: 2026-02-26 – 9:03:33 EST. Origen de hora: servidor.

Documento completado.

2026-02-26 – 9:03:33 EST

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